FERPOMA | 23 Setembre, 2007 20:57
Vuelve a ser noticia de primera el hecho de que pongan en libertad a un delincuente una vez que ha cumplido la pena que tenía que cumplir en función de la sanción impuesta y de las normas penales vigentes en el momento en que se le impuso. En este caso se trata de un violador; antes fue un terrorista. Yo, fiel a mis planteamientos, sigo manteniendo la ilegalidad de la llamada "doctrina Parot" y que debemos atenernos a las normas que libremente nos hemos dado. Si no nos gustan, cambiémoslas.
Pero quería, de pasada, hacer referencia a una de las funciones, para mí la más importante, de la "pena": la función rehabilitadora del delincuente. El cumplimiento de una pena tiene que tener, como principal objetivo, preparar al delincuente (una persona, al fin y al cabo) para que pueda volver a vivir en socidad. Y es ahí en donde falla el sistema, no en si la norma permite redención de penas por el trabajo o si las penas de privación de libertad son más o menos cortas.
Me preocupa que una persona salga a la calle después de haber cumplido 16 años de privación de libertad (¡casi nada!) y sea una amenaza para las ciudadanas que se enfrentan a una posible agresión sexual. Así lo dicen aquellos que han sido responsables del tratamiento de esta persona durante todo este tiempo. Y se quedan tan tranquilos. Cabría preguntarles qué medidas han tomado y qué actuaciones han llevado a cabo durante todos estos años para rehabilitar a esta persona, para conseguir curarle de su enfermedad. Por aquí hay que comenzar.
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